Sintaxis del español.-
Introducción.-
Antes
de afrontar el estudio de la sintaxis del español hemos de
plantearnos la definición de un concepto fundamental en sintaxis:
sintagma. Se define como la unidad más pequeña de la lengua
capaz de realizar una función sintáctica. Es decir, cuando nosotros
analizamos oraciones no hacemos otra cosa que identificar sintagmas y
averiguar la función sintáctica que realizan o, lo que es lo mismo,
identificar las relaciones que se establecen entre sintagmas.
Los
sintagmas pueden ser simples, cuando los forman un solo elemento (un
sustantivo, un adjetivo, un adverbio, etc.), o complejos, cuando
constan de un elemento nuclear y otros que dependen de él. Ejemplos
de sintagma simple serían: “libro”, “dulce”, “cerca”,
etc. De sintagma complejo serían ejemplos los siguientes: “El
libro aburrido”, “muy dulce”, “más cerca”, “El hombre
que sabía demasiado”, etc. El análisis sintáctico consiste en la
identificación de las funciones de todos los sintagmas simples y
complejos que constituyen una oración, de tal modo que una vez
establecida la función sintáctica que realiza un sintagma complejo
hay que identificar las funciones sintácticas que existen dentro de
él hasta llegar a los sintagmas simples.
De
acuerdo con las funciones sintácticas que son capaces de realizar
podemos distinguir cuatro clases de sintagmas:
*
SINTAGMA NOMINAL: es aquel que puede funcionar como SUJ (sujeto),
CD (complemento directo), CI (complemento indirecto), CRÉG
(complemento régimen), CC (complemento circunstancial), etc. Serán
sintagmas nominales aquellos cuyo núcleo sea un sustantivo,
pronombre o infinitivo. También serán sintagmas nominales las
llamadas “subordinadas sustantivas”.
*
SINTAGMA ADJETIVO: es aquel que puede funcionar como AN
(adyacente de un sustantivo o un pronombre), ATRIB (atributo) y CP
(complemento predicativo). Hemos de añadir, contra nosotros mismos,
la función sintáctica de DET (determinante) que realizarían, en
todos los casos, el artículo y los adjetivos determinativos. Serán
sintagmas adjetivos aquellos cuyo núcleo sea un adjetivo o un
participio. También hemos de considerar sintagmas adjetivos a las
llamadas subordinadas adjetivas.
*
SINTAGMA ADVERBIAL: es aquel que puede funcionar como AADJ
(adyacente de una adjetivo), AADV (adyacente de un adverbio), ATRIB o
CC. Serán sintagmas adverbiales aquellos cuyo núcleo sea un
adverbio o un gerundio. Del mismo modo, consideraremos sintagmas
adverbiales a las llamadas subordinadas adverbiales.
*
SINTAGMA VERBAL: este sintagma se define por su núcleo, que sólo
puede ser un verbo.
A
continuación vamos a referirnos a las diferentes funciones
sintácticas que se pueden identificar en una oración. Hemos de
recordar que las funciones sintácticas son las relaciones que
establecemos entre los sintagmas para construir oraciones. No nos
detendremos más que lo imprescindible en consideraciones acerca de
la morfología y nos centraremos, esencialmente, en las funciones
realizadas por los distintos sintagmas y los métodos de
descubrimiento de estas funciones.
Diferenciaremos
las siguientes funciones: sujeto (SUJ), complemento directo
(CD), complemento indirecto (CI), complemento
régimen (CRÉG), complemento circunstancial (CC),
atributo (ATRIB), adyacente nominal (AN), determinante
(DET), adyacente
adjetivo (AADJ), adyacente adverbial (AADV) y complemento
predicativo (CP). Con la excepción de las funciones de
determinante, adyacente nominal, adjetivo y adverbial,
todas las demás funciones ponen a un elemento dependiente en
relación con un núcleo de carácter verbal, sea este verbo,
infinitivo, gerundio o participio. En las de determinante
y adyacente nominal
encontraremos a un elemento dependiente de un núcleo de carácter
nominal, sea este sustantivo
o pronombre; en la de adyacente adjetivo a uno
que depende de un adjetivo; y en la de adyacente adverbial
a un sintagma que depende de un adverbio.
A
continuación nos referiremos a cada una de estas funciones
sintácticas, fijándonos en los sintagmas que pueden realizarlas así
como en las características que nos permiten su identificación.
Sujeto.-
La
función sintáctica de sujeto la realizará siempre un sintagma
nominal (SN), es decir un sintagma cuyo núcleo será un sustantivo,
un pronombre o un infinitivo. Lo que caracteriza a esta función
sintáctica es la concordancia del núcleo del sintagma que creemos
sujeto con el verbo del que depende en número y persona. Así, en
las siguientes oraciones:
A.
“Me gustaban mucho los helados”.
B.
“Yo no sabía nada”.
C.
“El profesor me aburre mucho”.
Identificaremos
como sujetos a “los helados” (A), “yo” (B) y “el profesor”
(C). Cualquier variación que introduzcamos en el número o en la
persona del sujeto debe ir acompañada de una variación en el verbo,
si queremos mantener una estructura gramaticalmente correcta. De este
modo obtendríamos lo siguiente:
A.
“Me gustaba mucho el helado”.
B.
*“Tú no sabía nada”.
B:
*“Nosotros no sabía nada”.
B:
“Nosotros no sabíamos nada”.
C.
*“Los profesores me aburre mucho”.
C.
“Los profesores me aburren mucho”.
Puede
darse el caso, que más arriba hemos mencionado, de que realice la
función de sujeto un sintagma nominal cuyo núcleo sea un infinito,
elemento de carácter verbal que no varía ni en persona ni en
número. En estos casos el verbo del que es sujeto el infinitivo
está siempre en tercera persona y singular y no es posible
cambiarlo a plural sin dar lugar a una oración inaceptable. En los
siguientes casos encontramos dos infinitivos que funcionan como
sujeto:
A.
“Estudiar es muy divertido”.
B.
“Me encanta leer”.
En
A. “estudiar” y en B. “leer”. Si ahora ponemos los verbos de
ambas frases en plural nos encontramos con esto:
A.
*“Estudiar son muy divertidos”.
B.
*“Me encantan leer”.
Como
hemos visto, de algún modo se puede decir que el infinitivo también
concuerda con el verbo del que depende al obligarlo a permanecer en
singular.
Finalmente,
podemos añadir una última característica del sujeto: nunca va
precedido de preposición.
Complemento
directo.-
Esta
función sintáctica la realizan los mismos elementos que la
anterior (sintagmas nominales). Reconoceremos a los elementos que la
realizan por una característica fundamental: al eliminar un
elemento que funciona como complemento directo aparecerá en
su lugar un pronombre personal lo, la, los o las,
según el género y el número del elemento eliminado. Dicho de otra
manera, siempre que un elemento lleve a cabo esta función será
posible sustituirlo por uno de los pronombres citados. Parece
evidente que en aquellos casos en los que nos encontremos en una
oración con alguno de estos pronombres, generalmente habremos de
analizarlos como complementos directos.
Cuando
el sintagma nominal que desempeña la función de complemento
directo
tiene como núcleo un infinitivo siempre es sustituible por el
pronombre lo,
puesto que el infinitivo no tiene ni género ni número y se
identificará con el elemento más general o no marcado2.
Por ejemplo:
A.
“Desea comenzar enseguida”; “Lo desea”.
B.
“Eduardo consiguió acabar el libro”; “Eduardo lo
consiguió”.
También
tenemos que considerar dos casos en los que podemos tener
dificultades para identificar la función sintáctica que realizan
algunos pronombres. En castellano se permite el leísmo
(es decir, el uso del pronombre le,
les
en lugar de lo,
los)
para aquellas situaciones en las que con el elemento que funciona
como complemento
directo
nos referimos a un ser humano masculino3.
Por ejemplo:
A.
“Le llevé al cine”.
B.
“María les abrazó entusiasmada”.
En
ambos casos le y les han sido usados en lugar de lo
y los, y en ambos casos estamos ante un complemento
directo. El modo de resolver las dudas en estos casos consiste
en sustituir los referentes masculinos por referentes femeninos.
Aplicando esta solución a A. y B. tendríamos:
A.
“La llevé al cine”.
B.
“María las abrazó entusiasmada”.
Hemos
comprobado que nos encontrábamos ante dos complementos directos
puesto que hemos tenido que usar la y las para
referirnos al género femenino y estos pronombres siempre realizan
la función de complemento directo.
Algo
similar a lo anterior sucede cuando se usan los pronombres
personales me, te, se, nos y os. Estos elementos
pueden realizar la función de complemento directo o la de
complemento indirecto. Para establecer en qué casos realizan
una u otra, lo más sencillo es la sustitución del pronombre
analizado por la o las, según sea singular o plural.
Si es posible la sustitución y se mantiene el sentido de la oración
estaremos ante complementos directos. De este modo, fijémonos
en las siguiente oraciones:
A.
“Mi mamá me mima”.
B.
“Te vi en aquella espantosa fiesta”.
C.
“Juan me trajo los ejercicios hechos”.
D.
“Te pusieron la nota que merecías”.
E.
“Mi primo nos llevó al cine”.
F.
“El mismo primo nos compró caramelos”.
Si
sustituimos todos los pronombres resaltados en negrita por las
formas la o las obtendremos las siguientes oraciones:
A.
“Mi mamá la mima”.
B.
“La vi en aquella espantosa fiesta”.
C.
*“Juan la trajo los ejercicios hechos”.
D.
*“La pusieron la nota que merecía”.
E.
“Mi primo las llevó al cine”.
F.
*“El mismo primo las compró caramelos”.
Como
hemos visto, las oraciones A., B. y E. son aceptables, es decir, en
esos casos estamos ante complementos directos, mientras que
en los casos de C., D. y F. los resultados de las sustituciones
propuestas son inaceptables y nos indican que estamos ante
complementos indirectos. Estos últimos sí admitirían la
sustitución por los pronombres propios de esa función:
C.
“Juan le trajo los ejercicios hechos”.
D.
“Le pusieron la nota que merecía”.
F.
“El mismo primo les compró los caramelos”.
El
elemento que funciona como complemento directo no suele ir
precedido de preposición, pero en algunas ocasiones podremos
encontrarnos con que aparece precedido de la preposición a.
Esto sucede cuando es posible que se confunda el elemento que
realiza la función de sujeto con aquél que desempeña la de
complemento directo, como en la siguiente oración:
Complemento
indirecto.-
Entre
esta función sintáctica y la anterior existe una estrecha
relación, como acabamos de comprobar. Los elementos que pueden
realizarla son los mismos que ya hemos señalado para las
anteriores.
El
elemento que funciona como complemento indirecto aparece, con
la única excepción de los pronombres personales le, les, me,
te, se, nos y os, siempre precedido de la preposición a.
Para identificar un elemento como complemento indirecto hemos
de comprobar que es posible sustituirlo por le o les,
de acuerdo con el número del elemento analizado. Así, en las
siguientes oraciones:
A.
“María entregó el libro a la bibliotecaria”; “María
le entregó el libro”.
B.
“Regalaba sus libros a los mendigos”; “Les
regalaba sus libros”.
C.
“Esta asignatura me importa poco”; “Esta asignatura le
importa poco”.
En
la oración C. aparece funcionando como complemento indirecto
un pronombre personal. Puede dudarse, como hemos señalado
anteriormente, entre esta función y la de complemento directo,
pero esta duda queda resuelta al intentar la sustitución de “me”
por “la”, sustitución que daría lugar a una oración
inaceptable: *“Esta asignatura la importa poco”.
Es
posible que encontremos en no pocas oraciones combinaciones
idénticas a las propias del complemento indirecto, es decir,
un sustantivo o pronombre precedido de la preposición “a”, pero
a las que no es posible sustituir por los pronombres le, les.
Por ejemplo:
A.
“Renunció a la gloria”.
B.
“Él recurrió a sus hermanos para el negocio”.
Los
resultados de sustituir las combinaciones marcadas en negrita por
pronombre da lugar a oraciones agramaticales:
A.
*“La renunció”; *“Le renunció”.
B.
*“Él los recurrió para su negocio”, *“Él les recurrió para
su negocio”.
Complemento régimen.-
Esta
es una de las funciones sintácticas más difíciles de identificar
debido a su proximidad formal con la de complemento
circunstancial. El sintagma nominal es el único capaz de llevar
a cabo esta función. Su apariencia es siempre la de una combinación
de preposición más sintagma nominal. Para identificarla como
suplemento ha de ser posible poder sustituir la mencionada
combinación por la misma preposición más un pronombre. Asimismo
es necesario que el sintagma así analizado sea imprescindible para
mantener el sentido pleno del sintagma o frase en el que esté. De
este modo en:
-
“Nos referiremos a su situación”; “Nos referiremos a ella”.
-
“Recurrió a su familia”; “Recurrió a ella”.
Hemos
señalado en negrita los segmentos que responden a las
características propias
de
esta función.
Complemento
circunstancial.-
Esta
función sintáctica puede ser realizada por un sintagma nominal
(cuyo núcleo puede ser un sustantivo, un pronombre o un infinitivo,
normalmente precedidos por una preposición o, incluso, más
raramente, por dos)5
o por un sintagma adverbial (cuyo núcleo puede ser un adverbio o un
gerundio). El elemento que jamás funciona como
complemento circunstancial
es el sintagma adjetivo (cuyo núcleo es un adjetivo o un
participio).
Esta
función sintáctica ha sido y es todavía una especie de cajón de
sastre al que van a parar todos elementos a los que no podemos
asignar ninguna de las funciones que aquí tratamos. Tanto es así
que este método negativo es el que podemos aplicar para identificar
un elemento como complemento circunstancial, de modo que
llegaremos a él tras desestimar otras opciones.
Los
elementos que funcionan como complementos circunstanciales
aportan nociones de lugar, modo, tiempo, causa, finalidad,
instrumento, etc. Este listado podríamos hacerlo interminable, sólo
depende de nuestra capacidad para distinguir posibilidades
significativas en las distintas oraciones. Nosotros no hablaremos,
en consecuencia de clases de complementos circunstanciales,
sino que nos limitaremos a identificar la función con este único
nombre.
En
las siguientes oraciones todos los elementos señalados en negrita
realizan la función de complemento circunstancial:
A.
“Se quedó allí”.
C.
“La caravana pasó por sobre la loma”.
D.
“Ahora hay muchas oportunidades”.
E.
“Lo perdonó para olvidar su pasado”.
F.
“De ti piensa mal”.
G.
“El lunes vi esa película en el cine”.
Atributo.-
Esta
función sintáctica puede ser realizada por todos los sintagmas
excepto el verbal. Así podemos encontrar funcionando como atributo
a sustantivos, pronombres, infinitivos, adjetivos, participios,
adverbios y gerundios. Habitualmente es el sintagma adjetivo
(adjetivos y participios) quien desempeña esta función. Veamos
ejemplos ilustrativos de lo anterior:
A.
“Mi primo es el portero” (sustantivo).
B.
“Tú eres este” (pronombre).
C.
“El objetivo es aprobar” (infinitivo).
D.
“Ellos no son presentables” (adjetivo).
E.
“Vosotros estáis acabados” (participio).
F.
“Juan está allí” (adverbio).
G.
“El niño está congelándose” (gerundio).
Tres
son las características fundamentales de esta función sintáctica:
1) siempre depende de un verbo copulativo (“ser” y “estar”)
o pseudocopulativo (“resultar”, “parecer”, “quedar”).
Así, en las siguientes oraciones, encontramos:
A.
“Los alumnos son buenos”.
B.
“Los animales están indefensos”.
C.
“El examen resultó sencillo”.
D.
“Este chico parece cansado”.
E.
“Pedro quedó anonadado”.
2)
Siempre es posible sustituir el elemento que funciona como atributo
por el pronombre “lo”, independientemente del género y del
número del elemento analizado. Si realizamos esta sustitución en
la primera serie de ejemplos, obtendríamos:
A.
“Mi primo lo es”.
B.
“Tú lo eres”.
C.
“El objetivo lo es”.
D.
“Ellos no lo son”.
E.
“Vosotros lo estáis”.
F.
“Juan lo está”.
G.
“El niño lo está”.
Y
3), si es posible, el elemento que realiza esta función concuerda
en género y número con el sujeto de la oración, como en las
siguientes oraciones:
A.
“Los colores son variados”.
B.
“Tus amigas resultan simpáticas”.
C.
“Mis alumnos parecen los mejores”.
D.
“Mi gato está enfermo”.
Complemento
predicativo.-
Esta
es una función sintáctica de características similares a la
anterior, desde el punto de vista semántico. Se diferencia de ella
en que se identifica en oraciones cuyo núcleo es un verbo
“predicativo” (es decir, “no copulativo”). También se
distingue de la anterior porque los elementos que pueden realizarla
se reducen a sintagma nominal y sintagma adjetivo. Asimismo, es
imposible sustituir a un segmento que realice esta función por el
pronombre “lo”, característica de la función atributo.
El
elemento que desempeñe la función de complemento predicativo
ha de concordar en género y número con el sujeto o con el
complemento directo, ya que con ambas funciones sintácticas
se relaciona. Veamos algunos ejemplos en los que aparecen en negrita
los elementos que funcionan como complemento predicativo:
A.
“Elena saltó la primera”.
B.
“El río bajaba turbio”.
C.
“Felipe llamó insensatas a las chicas”.
En
algunas ocasiones el hablante puede evitar referirse al sujeto,
siendo entonces el elemento que desempeña la función de
complemento predicativo quien nos informa del género y del
número de aquel. Esto no sucede cuando es al complemento directo
al que está vinculado el complemento predicativo. Si
eliminamos en los ejemplos anteriores los segmentos mencionados,
obtendremos:
A.
“Saltó la primera” (sabemos que el sujeto es un femenino
singular).
B.
“Bajaba turbio” (sabemos que el sujeto es un masculino
singular).
C.
*“Felipe llamó insensatas” (la oración resultante es
agramatical, no podemos prescindir del elemento que funciona como
complemento directo).
Adyacente
nominal, adjetivo y adverbial.-
Identificaremos
como adyacente nominal a todos aquellos segmentos que
dependan de un sustantivo o un pronombre; como adyacente adjetivo
a los que lo hagan de un adjetivo; y como adyacente adverbial
a los que dependan de un adverbio. Obsérvese que, con la excepción
de estas funciones, todas las demás a las que nos hemos referido
arriba relacionan a un elemento dependiente con un núcleo de tipo
verbal (verbo, infinitivo, participio o gerundio). De este modo, la
característica esencial de estas funciones sintácticas es su
dependencia de un núcleo no verbal. Así, en los siguientes
ejemplos, todos los elementos en negrita realizan alguna de estas
tres funciones sintácticas:
A.
“El coche rojo va muy lento” [AN y AADJ].
B.
“Uno, cansado de esperar, se marchó” [AN].
C.
“El muchacho es demasiado simpático” [AADJ].
D.
“Estamos muy cerca de conseguirlo” [AADV].
Si
decidiésemos prescindir de los segmentos resaltados, nos daríamos
cuenta de que el sentido de la oración no se ve afectado
esencialmente:
A.
“El coche va lento”.
B.
“Uno se marchó”.
C.
“El muchacho es simpático”.
D.
“Estamos cerca”.
En
definitiva, los elementos que realizan la función de adyacente
nominal, adjetivo o adverbial, no son imprescindibles
para mantener el sentido de la oración en la que aparecen.
Determinante.-
Esta
función sintáctica aparece aquí para evitar contradicciones o
discusiones innecesarias8.
En general, se dice que realizan esta función el artículo y los
adjetivos determinativos. Así:
A.
“El primo de aquella chica regresó enfermo a su
pueblo”.
B.
“Renunciaron a sus prebendas”.
Se
entiende que los elementos que aparecen en negrita funcionan como
determinantes.
Sintaxis de la oración
compuesta y compleja.-
En un texto anterior nos hemos referido a la oración simple. Se
caracteriza ésta por construirse en torno a un núcleo constituido
por el único verbo que puede aparecer en ella: en la oración
simple sólo hallaremos un verbo conjugado. Cuando comparecen dos o
más formas verbales debemos hablar de oraciones compuestas y
complejas.
La oración compuesta.-
Utilizamos la expresión oración compuesta para referirnos a
oraciones en las que identificamos dos o más verbos sin que ninguno
de ellos esté subordinado o dependa de otro elemento. La oración
compuesta no es otra cosa que el resultado de la unión de dos o más
oraciones simples mediante conjunciones9:
de estas oraciones simples decimos que están coordinadas. Así:
A. “Pedro es simpático, pero no me gusta su
trabajo”.
B. “Viajó durante su juventud y descansó al
envejecer”.
En negrita aparecen marcados los verbos y las conjunciones,
características esenciales de la oración compuesta, que no supone
ninguna novedad ni plantea ningún problema nuevo ya que lo que
estamos analizando ahora siguen siendo oraciones simples.
La oración compleja.-
Se distingue este tipo de oraciones del anterior en el tipo de
relaciones que se establece entre las formas verbales presentes en
ellas: mientras que en las compuestas las relaciones son de
coordinación, en las oraciones complejas las relaciones son de
subordinación. De este modo, en las oraciones complejas podemos
identificar un único verbo principal en torno al cual se construye
la oración. Los demás verbos que puedan aparecer estarán
subordinados al verbo principal o a otros elementos de la oración,
constituyendo lo que se llama una oración subordinada. De acuerdo
con la función sintáctica que realice o, más exactamente, de
acuerdo con el elemento por el que pueda ser sustituida, la oración
subordinada será sustantiva, adjetiva o adverbial.
La oración subordinada
sustantiva: identificaremos como tales aquellas oraciones
subordinadas que realicen una función propia del sintagma nominal,
como sujeto, complemento directo, complemento indirecto, etc.
Los elementos encargados de subordinar al verbo y permitirle
realizar estas funciones sintácticas son los siguientes:
- La conjunción subordinante que: “Me dije que no
merecía la pena la discusión”; la subordinada sustantiva
realiza aquí la función de CD (“Me lo dije”). “Les
gusta que esperemos aquí”; en este caso la subordinada
lleva a cabo la función de SUJ (“Eso les gusta”).
- El relativo quien, quienes y sus equivalentes “artículo
+ pronombre relativo que” [el que, la que, lo que, los que, las
que]: “Siempre preguntaba quien no lo necesitaba”
[“Siempre preguntaba el que no lo necesitaba”]; en ambos
casos la subordinada desempeña la función de SUJ (“Siempre
preguntaba él/ella”). “Hicimos presidente a quien
menos lo merecía” [“Hicimos presidente al que menos lo
merecía”10];
la función realizada en estos ejemplos es la de CD (“Lo
hicimos presidente”).
- El si no condicional: “Todavía no sabemos si
participaremos en ese torneo”; la subordinada sustantiva
funciona aquí como CD (“Todavía no lo sabemos”). Hemos
de fijarnos en el hecho de que este “si” no expresa condición
alguna, de ahí su nombre.
- Los relativos tónicos [quién, dónde, cuánto, cómo, cuándo,
qué]: veamos los siguientes ejemplos en los que todas las
subordinadas realizan la función de CD: “Juan preguntó quién
era” (“Juan lo preguntó”); “Nunca supe dónde
vivía” (“Nunca lo supe”); “No le digas cuánto
ganaste” (“No se lo digas”); “Supo demasiado
tarde cómo habían conseguido la victoria” (“Lo
supo demasiado tarde”); “Ignoro cuándo se casaron”
(“Lo ignoro”); “Por fin averigüé qué deseaban”
(“Por fin lo averigüé”).
Si aceptamos que todos los ejemplos que hemos propuesto equivalen a
un sustantivo o a un pronombre, hemos de aceptar también que estas
mismas subordinadas pueden verse afectadas por los mismos elementos
que actúan sobre aquéllos, fundamentalmente las preposiciones. De
este modo si es habitual encontrarnos con una oración simple como
ésta: “El perro de ese muchacho está enfermo”, podemos
pensar en una oración compleja como la siguiente: “El perro de
quien tú sabes está enfermo”. Es decir, que allí donde
comparezca un sustantivo o un pronombre podemos encontrar una
subordinada sustantiva.
La oración subordinada
adjetiva: este tipo de oraciones se define por su
equivalencia con el adjetivo o, lo que es lo mismo, por realizar
funciones sintácticas propias del sintagma adjetivo y, más
exactamente, la función de AN. Siempre encontraremos un relativo
(pronombre, adjetivo o adverbio) como responsable de la
subordinación.
- El pronombre relativo que es el más habitual. Se considera
pronombre a este elemento porque realiza una función sustantiva
respecto al verbo que subordina. Así, en “Ese primo que
vino contigo parece inteligente”, el “que” permite a
“vino contigo” funcionar como AN de “Ese primo”, pero,
además, es el sujeto de “vino”. Esto es así porque se
considera que “que” realiza la misma función sintáctica que
llevaría a cabo su antecedente11
respecto al verbo subordinado. En este caso el antecedente de “que”
sería “Ese primo”, de modo que si en lugar de “que”
apareciese “Ese
primo” (“Ese primo vino contigo”), realizaría la función de
SUJ, de lo cual deducimos que esa misma función es la de “que”.
- El adjetivo relativo cuyo: éste elemento ha sido relegado
a la lengua escrita y es bastante extraño su uso en la lengua oral.
Nos referimos a él como adjetivo por ser de este carácter la
función sintáctica que realiza dentro de la oración subordinada.
Veamos un ejemplo: “Compró una novela cuyo autor es belga”.
En este ejemplo, la subordinada adjetiva, “cuyo autor es belga”,
funciona como AN de “novela”; dentro ya de la subordinada,
“cuyo” realiza la función de AN de “autor”, con el cual
concuerda en género y número.
- El adverbio relativo donde: los mismos motivos planteados
para “que” y “cuyo” explican el que nos refiramos a “donde”
como adverbio. Al igual que los dos anteriores se utiliza para
subordinar adjetivamente a un verbo, pero en este caso “donde”
realiza una función adverbial respecto al verbo por él subordinado.
De este modo en “Compraría la casa donde nací”, “donde
nací” funciona como AN de “la casa”, y “donde” realizaría
la función de CC respecto a “nací”.
La oración subordinada
adverbial: tradicionalmente se entiende por subordinada
adverbial aquélla que realiza la función de CC. Sin embargo, si
tenemos en cuenta los análisis hecho de oraciones simples
recordaremos que no son pocos los casos en los que un sustantivo, un
pronombre o un infinitivo realiza esta función, de lo cual hemos de
concluir que no siempre que identifiquemos una subordinada
funcionando como CC hemos de referirnos a ella como subordinada
adverbial, puesto que es posible que se trate de una subordinada
sustantiva. Veamos algunos ejemplos:
-A. “Todavía vivo donde me conociste”; “Todavía vivo
allí”.
-B. “El negocio salió como yo suponía”; “El negocio
salió así”.
-C. “Cambió de país cuando acabó la guerra”; “Cambió
de país entonces”.
En estos tres casos encontramos oraciones subordinadas que realizan
la función de CC, pero que además serían sustituibles por
adverbios.
-D. “Aquí trabajamos para que viváis mejor”; “Aquí
trabajamos para eso”.
-E. “Me voy porque ya no te aguanto”; “Me voy por
eso”.
También en estos dos casos nos encontramos con subordinadas que
realizan la función de CC, pero que no pueden ser sustituidos por
adverbios, sino que son sustituidos por “preposición + pronombre”.
Hemos de concluir que estamos ante subordinadas sustantivas.
Así, sólo en aquellos casos en que una subordinada podamos
sustituirla por un adverbio nos referiremos a ella como subordinada
adverbial.
También hemos de considerar como subordinadas adverbiales a aquéllas
que realicen las funciones de AADJ o AADV, funciones sintácticas
propias del SADV. Así, por ejemplo serán adverbiales las
subordinadas señaladas con negrita en los siguientes ejemplos:
-F. “Se instaló cerca de donde vivo yo” [AADV].
-G. “Es tan fuerte como decía el periódico” [AADJ].
1
El asterisco (*) indica que la oración es incorrecta o inaceptable.
2
Se habla de elemento no
marcado para
referirse, dentro de una serie, a aquel elemento cuyo significado es
más general y se usa en los casos donde desaparecen las diferencias
entre los integrantes de la serie. Así, el género masculino es el
no marcado en español, pues se usa en situaciones en las que es
necesario referirse a un conjunto de elementos femeninos y
masculinos, como cuando decimos “los romanos”, para referirnos a
todos los ciudadanos de Roma, independientemente de su sexo, edad o
condición.
3
Siempre hay que tener en cuenta que la lengua
es una institución social usada por distintas personas y así es
posible que encontremos casos de leísmo
referidos a animales que para el hablante tienen calidad humana y
se refiere a ellos como a iguales.
4
Si la preposición a
nos indujese a confusión entre las funciones de complemento
directo y
complemento
indirecto podremos
recurrir a la sustitución por los pronombres de complemento
directo la
o las.
5
En realidad son pocos los sustantivos que pueden realizar la función
de complemento
circunstancial sin
ir precedidos de una preposición, reduciéndose los casos a una
serie de términos referidos a nociones temporales, como los nombres
de los días de la semana y otros términos como “víspera”,
etc.
7
Como en la oración B., dos son los complementos
circunstanciales
presentes en esta oración: “en la clase” y “diciendo
tonterías”.
8Sería
más coherente, y más rentable, entender el artículo como un
morfema del sustantivo. De este modo se identificarían como tales
combinaciones como “la casa”, “los libros”, “el bueno”,
“lo mío”, “el mismo”, etc. Y se entendería que los
llamados adjetivos determinativos realizan la función de adyacente
nominal. Esto simplificaría la
teoría y el análisis tanto morfológico como sintáctico.
9En
español podemos identificar como conjunciones de coordinación las
siguientes formas: y,
e, ni, o, sino, pero, mas, aunque, pues, luego. Dispone
la lengua, también, de un número no pequeño de locuciones
conjuntivas como bien
bien, ora
ora, etc.
10Observemos
que, en estos casos, el uso de “artículo + que” nos permite
distinguir el género, cosa que no permite “quien”. Quizá a eso
se deba el uso casi generalizado de esta combinación en detrimento
de “quien”.
11Se
llama antecedente
al sustantivo o pronombre al que se refiere “que” y del que toma
su significado, y que, a menudo, suele aparecer inmediatamente
antes.