lunes, 17 de septiembre de 2018

Sintaxis del español


Sintaxis del español.-





Introducción.-

Antes de afrontar el estudio de la sintaxis del español hemos de plantearnos la definición de un concepto fundamental en sintaxis: sintagma. Se define como la unidad más pequeña de la lengua capaz de realizar una función sintáctica. Es decir, cuando nosotros analizamos oraciones no hacemos otra cosa que identificar sintagmas y averiguar la función sintáctica que realizan o, lo que es lo mismo, identificar las relaciones que se establecen entre sintagmas.
Los sintagmas pueden ser simples, cuando los forman un solo elemento (un sustantivo, un adjetivo, un adverbio, etc.), o complejos, cuando constan de un elemento nuclear y otros que dependen de él. Ejemplos de sintagma simple serían: “libro”, “dulce”, “cerca”, etc. De sintagma complejo serían ejemplos los siguientes: “El libro aburrido”, “muy dulce”, “más cerca”, “El hombre que sabía demasiado”, etc. El análisis sintáctico consiste en la identificación de las funciones de todos los sintagmas simples y complejos que constituyen una oración, de tal modo que una vez establecida la función sintáctica que realiza un sintagma complejo hay que identificar las funciones sintácticas que existen dentro de él hasta llegar a los sintagmas simples.
De acuerdo con las funciones sintácticas que son capaces de realizar podemos distinguir cuatro clases de sintagmas:
* SINTAGMA NOMINAL: es aquel que puede funcionar como SUJ (sujeto), CD (complemento directo), CI (complemento indirecto), CRÉG (complemento régimen), CC (complemento circunstancial), etc. Serán sintagmas nominales aquellos cuyo núcleo sea un sustantivo, pronombre o infinitivo. También serán sintagmas nominales las llamadas “subordinadas sustantivas”.
* SINTAGMA ADJETIVO: es aquel que puede funcionar como AN (adyacente de un sustantivo o un pronombre), ATRIB (atributo) y CP (complemento predicativo). Hemos de añadir, contra nosotros mismos, la función sintáctica de DET (determinante) que realizarían, en todos los casos, el artículo y los adjetivos determinativos. Serán sintagmas adjetivos aquellos cuyo núcleo sea un adjetivo o un participio. También hemos de considerar sintagmas adjetivos a las llamadas subordinadas adjetivas.
* SINTAGMA ADVERBIAL: es aquel que puede funcionar como AADJ (adyacente de una adjetivo), AADV (adyacente de un adverbio), ATRIB o CC. Serán sintagmas adverbiales aquellos cuyo núcleo sea un adverbio o un gerundio. Del mismo modo, consideraremos sintagmas adverbiales a las llamadas subordinadas adverbiales.
            * SINTAGMA VERBAL: este sintagma se define por su núcleo, que sólo puede ser un verbo.

A continuación vamos a referirnos a las diferentes funciones sintácticas que se pueden identificar en una oración. Hemos de recordar que las funciones sintácticas son las relaciones que establecemos entre los sintagmas para construir oraciones. No nos detendremos más que lo imprescindible en consideraciones acerca de la morfología y nos centraremos, esencialmente, en las funciones realizadas por los distintos sintagmas y los métodos de descubrimiento de estas funciones.
Diferenciaremos las siguientes funciones: sujeto (SUJ), complemento directo (CD), complemento indirecto (CI), complemento régimen (CRÉG), complemento circunstancial (CC), atributo (ATRIB), adyacente nominal (AN), determinante (DET), adyacente adjetivo (AADJ), adyacente adverbial (AADV) y complemento predicativo (CP). Con la excepción de las funciones de determinante, adyacente nominal, adjetivo y adverbial, todas las demás funciones ponen a un elemento dependiente en relación con un núcleo de carácter verbal, sea este verbo, infinitivo, gerundio o participio. En las de determinante y adyacente nominal encontraremos a un elemento dependiente de un núcleo de carácter nominal, sea este sustantivo o pronombre; en la de adyacente adjetivo a uno que depende de un adjetivo; y en la de adyacente adverbial a un sintagma que depende de un adverbio.
A continuación nos referiremos a cada una de estas funciones sintácticas, fijándonos en los sintagmas que pueden realizarlas así como en las características que nos permiten su identificación.



Sujeto.-
La función sintáctica de sujeto la realizará siempre un sintagma nominal (SN), es decir un sintagma cuyo núcleo será un sustantivo, un pronombre o un infinitivo. Lo que caracteriza a esta función sintáctica es la concordancia del núcleo del sintagma que creemos sujeto con el verbo del que depende en número y persona. Así, en las siguientes oraciones:
A. “Me gustaban mucho los helados”.
B. “Yo no sabía nada”.
C. “El profesor me aburre mucho”.
Identificaremos como sujetos a “los helados” (A), “yo” (B) y “el profesor” (C). Cualquier variación que introduzcamos en el número o en la persona del sujeto debe ir acompañada de una variación en el verbo, si queremos mantener una estructura gramaticalmente correcta. De este modo obtendríamos lo siguiente:
A. *“Me gustaban mucho el helado1.
A. “Me gustaba mucho el helado”.
B. *“ no sabía nada”.
B: *“Nosotros no sabía nada”.
B: “Nosotros no sabíamos nada”.
C. *“Los profesores me aburre mucho”.
C. “Los profesores me aburren mucho”.
Puede darse el caso, que más arriba hemos mencionado, de que realice la función de sujeto un sintagma nominal cuyo núcleo sea un infinito, elemento de carácter verbal que no varía ni en persona ni en número. En estos casos el verbo del que es sujeto el infinitivo está siempre en tercera persona y singular y no es posible cambiarlo a plural sin dar lugar a una oración inaceptable. En los siguientes casos encontramos dos infinitivos que funcionan como sujeto:
A. “Estudiar es muy divertido”.
B. “Me encanta leer”.
En A. “estudiar” y en B. “leer”. Si ahora ponemos los verbos de ambas frases en plural nos encontramos con esto:
A. *“Estudiar son muy divertidos”.
B. *“Me encantan leer”.
Como hemos visto, de algún modo se puede decir que el infinitivo también concuerda con el verbo del que depende al obligarlo a permanecer en singular.
Finalmente, podemos añadir una última característica del sujeto: nunca va precedido de preposición.


Complemento directo.-
Esta función sintáctica la realizan los mismos elementos que la anterior (sintagmas nominales). Reconoceremos a los elementos que la realizan por una característica fundamental: al eliminar un elemento que funciona como complemento directo aparecerá en su lugar un pronombre personal lo, la, los o las, según el género y el número del elemento eliminado. Dicho de otra manera, siempre que un elemento lleve a cabo esta función será posible sustituirlo por uno de los pronombres citados. Parece evidente que en aquellos casos en los que nos encontremos en una oración con alguno de estos pronombres, generalmente habremos de analizarlos como complementos directos.
Cuando el sintagma nominal que desempeña la función de complemento directo tiene como núcleo un infinitivo siempre es sustituible por el pronombre lo, puesto que el infinitivo no tiene ni género ni número y se identificará con el elemento más general o no marcado2. Por ejemplo:
A. “Desea comenzar enseguida”; “Lo desea”.
B. “Eduardo consiguió acabar el libro”; “Eduardo lo consiguió”.
También tenemos que considerar dos casos en los que podemos tener dificultades para identificar la función sintáctica que realizan algunos pronombres. En castellano se permite el leísmo (es decir, el uso del pronombre le, les en lugar de lo, los) para aquellas situaciones en las que con el elemento que funciona como complemento directo nos referimos a un ser humano masculino3. Por ejemplo:
A. “Le llevé al cine”.
B. “María les abrazó entusiasmada”.
En ambos casos le y les han sido usados en lugar de lo y los, y en ambos casos estamos ante un complemento directo. El modo de resolver las dudas en estos casos consiste en sustituir los referentes masculinos por referentes femeninos. Aplicando esta solución a A. y B. tendríamos:
A. “La llevé al cine”.
B. “María las abrazó entusiasmada”.
Hemos comprobado que nos encontrábamos ante dos complementos directos puesto que hemos tenido que usar la y las para referirnos al género femenino y estos pronombres siempre realizan la función de complemento directo.
Algo similar a lo anterior sucede cuando se usan los pronombres personales me, te, se, nos y os. Estos elementos pueden realizar la función de complemento directo o la de complemento indirecto. Para establecer en qué casos realizan una u otra, lo más sencillo es la sustitución del pronombre analizado por la o las, según sea singular o plural. Si es posible la sustitución y se mantiene el sentido de la oración estaremos ante complementos directos. De este modo, fijémonos en las siguiente oraciones:
A. “Mi mamá me mima”.
B. “Te vi en aquella espantosa fiesta”.
C. “Juan me trajo los ejercicios hechos”.
D. “Te pusieron la nota que merecías”.
E. “Mi primo nos llevó al cine”.
F. “El mismo primo nos compró caramelos”.
Si sustituimos todos los pronombres resaltados en negrita por las formas la o las obtendremos las siguientes oraciones:
A. “Mi mamá la mima”.
B. “La vi en aquella espantosa fiesta”.
C. *“Juan la trajo los ejercicios hechos”.
D. *“La pusieron la nota que merecía”.
E. “Mi primo las llevó al cine”.
F. *“El mismo primo las compró caramelos”.
Como hemos visto, las oraciones A., B. y E. son aceptables, es decir, en esos casos estamos ante complementos directos, mientras que en los casos de C., D. y F. los resultados de las sustituciones propuestas son inaceptables y nos indican que estamos ante complementos indirectos. Estos últimos sí admitirían la sustitución por los pronombres propios de esa función:
C. “Juan le trajo los ejercicios hechos”.
D. “Le pusieron la nota que merecía”.
F. “El mismo primo les compró los caramelos”.
El elemento que funciona como complemento directo no suele ir precedido de preposición, pero en algunas ocasiones podremos encontrarnos con que aparece precedido de la preposición a. Esto sucede cuando es posible que se confunda el elemento que realiza la función de sujeto con aquél que desempeña la de complemento directo, como en la siguiente oración:
A. “El ratón perseguía al gato”; El ratón lo perseguía”4.


Complemento indirecto.-
Entre esta función sintáctica y la anterior existe una estrecha relación, como acabamos de comprobar. Los elementos que pueden realizarla son los mismos que ya hemos señalado para las anteriores.
El elemento que funciona como complemento indirecto aparece, con la única excepción de los pronombres personales le, les, me, te, se, nos y os, siempre precedido de la preposición a. Para identificar un elemento como complemento indirecto hemos de comprobar que es posible sustituirlo por le o les, de acuerdo con el número del elemento analizado. Así, en las siguientes oraciones:
A. “María entregó el libro a la bibliotecaria”; “María le entregó el libro”.
B. “Regalaba sus libros a los mendigos”; “Les regalaba sus libros”.
C. “Esta asignatura me importa poco”; “Esta asignatura le importa poco”.
En la oración C. aparece funcionando como complemento indirecto un pronombre personal. Puede dudarse, como hemos señalado anteriormente, entre esta función y la de complemento directo, pero esta duda queda resuelta al intentar la sustitución de “me” por “la”, sustitución que daría lugar a una oración inaceptable: *“Esta asignatura la importa poco”.
Es posible que encontremos en no pocas oraciones combinaciones idénticas a las propias del complemento indirecto, es decir, un sustantivo o pronombre precedido de la preposición “a”, pero a las que no es posible sustituir por los pronombres le, les. Por ejemplo:
A. “Renunció a la gloria”.
B. “Él recurrió a sus hermanos para el negocio”.
Los resultados de sustituir las combinaciones marcadas en negrita por pronombre da lugar a oraciones agramaticales:
A. *“La renunció”; *“Le renunció”.
B. *“Él los recurrió para su negocio”, *“Él les recurrió para su negocio”.


            Complemento régimen.-

         Esta es una de las funciones sintácticas más difíciles de identificar debido a su proximidad formal con la de complemento circunstancial. El sintagma nominal es el único capaz de llevar a cabo esta función. Su apariencia es siempre la de una combinación de preposición más sintagma nominal. Para identificarla como suplemento ha de ser posible poder sustituir la mencionada combinación por la misma preposición más un pronombre. Asimismo es necesario que el sintagma así analizado sea imprescindible para mantener el sentido pleno del sintagma o frase en el que esté. De este modo en:
  1. Nos referiremos a su situación”; “Nos referiremos a ella”.
  2. Recurrió a su familia”; “Recurrió a ella”.
Hemos señalado en negrita los segmentos que responden a las características propias
de esta función.

Complemento circunstancial.-
Esta función sintáctica puede ser realizada por un sintagma nominal (cuyo núcleo puede ser un sustantivo, un pronombre o un infinitivo, normalmente precedidos por una preposición o, incluso, más raramente, por dos)5 o por un sintagma adverbial (cuyo núcleo puede ser un adverbio o un gerundio). El elemento que jamás funciona como complemento circunstancial es el sintagma adjetivo (cuyo núcleo es un adjetivo o un participio).
Esta función sintáctica ha sido y es todavía una especie de cajón de sastre al que van a parar todos elementos a los que no podemos asignar ninguna de las funciones que aquí tratamos. Tanto es así que este método negativo es el que podemos aplicar para identificar un elemento como complemento circunstancial, de modo que llegaremos a él tras desestimar otras opciones.
Los elementos que funcionan como complementos circunstanciales aportan nociones de lugar, modo, tiempo, causa, finalidad, instrumento, etc. Este listado podríamos hacerlo interminable, sólo depende de nuestra capacidad para distinguir posibilidades significativas en las distintas oraciones. Nosotros no hablaremos, en consecuencia de clases de complementos circunstanciales, sino que nos limitaremos a identificar la función con este único nombre.
En las siguientes oraciones todos los elementos señalados en negrita realizan la función de complemento circunstancial:
A. “Se quedó allí”.
B. “Fue al kiosco por los periódicos6.
C. “La caravana pasó por sobre la loma”.
D. “Ahora hay muchas oportunidades”.
E. “Lo perdonó para olvidar su pasado”.
F. “De ti piensa mal”.
G. “El lunes vi esa película en el cine”.
H. “Irrumpió en la clase diciendo tonterías7


Atributo.-
Esta función sintáctica puede ser realizada por todos los sintagmas excepto el verbal. Así podemos encontrar funcionando como atributo a sustantivos, pronombres, infinitivos, adjetivos, participios, adverbios y gerundios. Habitualmente es el sintagma adjetivo (adjetivos y participios) quien desempeña esta función. Veamos ejemplos ilustrativos de lo anterior:
A. “Mi primo es el portero” (sustantivo).
B. “Tú eres este” (pronombre).
C. “El objetivo es aprobar” (infinitivo).
D. “Ellos no son presentables” (adjetivo).
E. “Vosotros estáis acabados” (participio).
F. “Juan está allí” (adverbio).
G. “El niño está congelándose” (gerundio).
Tres son las características fundamentales de esta función sintáctica: 1) siempre depende de un verbo copulativo (“ser” y “estar”) o pseudocopulativo (“resultar”, “parecer”, “quedar”). Así, en las siguientes oraciones, encontramos:
A. “Los alumnos son buenos”.
B. “Los animales están indefensos”.
C. “El examen resultó sencillo”.
D. “Este chico parece cansado”.
E. “Pedro quedó anonadado”.
2) Siempre es posible sustituir el elemento que funciona como atributo por el pronombre “lo”, independientemente del género y del número del elemento analizado. Si realizamos esta sustitución en la primera serie de ejemplos, obtendríamos:
A. “Mi primo lo es”.
B. “Tú lo eres”.
C. “El objetivo lo es”.
D. “Ellos no lo son”.
E. “Vosotros lo estáis”.
F. “Juan lo está”.
G. “El niño lo está”.
Y 3), si es posible, el elemento que realiza esta función concuerda en género y número con el sujeto de la oración, como en las siguientes oraciones:
A. “Los colores son variados”.
B. “Tus amigas resultan simpáticas”.
C. “Mis alumnos parecen los mejores”.
D. “Mi gato está enfermo”.


Complemento predicativo.-
Esta es una función sintáctica de características similares a la anterior, desde el punto de vista semántico. Se diferencia de ella en que se identifica en oraciones cuyo núcleo es un verbo “predicativo” (es decir, “no copulativo”). También se distingue de la anterior porque los elementos que pueden realizarla se reducen a sintagma nominal y sintagma adjetivo. Asimismo, es imposible sustituir a un segmento que realice esta función por el pronombre “lo”, característica de la función atributo.
El elemento que desempeñe la función de complemento predicativo ha de concordar en género y número con el sujeto o con el complemento directo, ya que con ambas funciones sintácticas se relaciona. Veamos algunos ejemplos en los que aparecen en negrita los elementos que funcionan como complemento predicativo:
A. “Elena saltó la primera”.
B. “El río bajaba turbio”.
C. “Felipe llamó insensatas a las chicas”.
En algunas ocasiones el hablante puede evitar referirse al sujeto, siendo entonces el elemento que desempeña la función de complemento predicativo quien nos informa del género y del número de aquel. Esto no sucede cuando es al complemento directo al que está vinculado el complemento predicativo. Si eliminamos en los ejemplos anteriores los segmentos mencionados, obtendremos:
A. “Saltó la primera” (sabemos que el sujeto es un femenino singular).
B. “Bajaba turbio” (sabemos que el sujeto es un masculino singular).
C. *“Felipe llamó insensatas” (la oración resultante es agramatical, no podemos prescindir del elemento que funciona como complemento directo).


Adyacente nominal, adjetivo y adverbial.-
Identificaremos como adyacente nominal a todos aquellos segmentos que dependan de un sustantivo o un pronombre; como adyacente adjetivo a los que lo hagan de un adjetivo; y como adyacente adverbial a los que dependan de un adverbio. Obsérvese que, con la excepción de estas funciones, todas las demás a las que nos hemos referido arriba relacionan a un elemento dependiente con un núcleo de tipo verbal (verbo, infinitivo, participio o gerundio). De este modo, la característica esencial de estas funciones sintácticas es su dependencia de un núcleo no verbal. Así, en los siguientes ejemplos, todos los elementos en negrita realizan alguna de estas tres funciones sintácticas:
A. “El coche rojo va muy lento” [AN y AADJ].
B. “Uno, cansado de esperar, se marchó” [AN].
C. “El muchacho es demasiado simpático” [AADJ].
D. “Estamos muy cerca de conseguirlo” [AADV].
Si decidiésemos prescindir de los segmentos resaltados, nos daríamos cuenta de que el sentido de la oración no se ve afectado esencialmente:
A. “El coche va lento”.
B. “Uno se marchó”.
C. “El muchacho es simpático”.
D. “Estamos cerca”.
En definitiva, los elementos que realizan la función de adyacente nominal, adjetivo o adverbial, no son imprescindibles para mantener el sentido de la oración en la que aparecen.


Determinante.-
Esta función sintáctica aparece aquí para evitar contradicciones o discusiones innecesarias8. En general, se dice que realizan esta función el artículo y los adjetivos determinativos. Así:
A. “El primo de aquella chica regresó enfermo a su pueblo”.
B. “Renunciaron a sus prebendas”.
Se entiende que los elementos que aparecen en negrita funcionan como determinantes.




Sintaxis de la oración compuesta y compleja.-

En un texto anterior nos hemos referido a la oración simple. Se caracteriza ésta por construirse en torno a un núcleo constituido por el único verbo que puede aparecer en ella: en la oración simple sólo hallaremos un verbo conjugado. Cuando comparecen dos o más formas verbales debemos hablar de oraciones compuestas y complejas.



La oración compuesta.-

Utilizamos la expresión oración compuesta para referirnos a oraciones en las que identificamos dos o más verbos sin que ninguno de ellos esté subordinado o dependa de otro elemento. La oración compuesta no es otra cosa que el resultado de la unión de dos o más oraciones simples mediante conjunciones9: de estas oraciones simples decimos que están coordinadas. Así:
A. “Pedro es simpático, pero no me gusta su trabajo”.
B. “Viajó durante su juventud y descansó al envejecer”.
En negrita aparecen marcados los verbos y las conjunciones, características esenciales de la oración compuesta, que no supone ninguna novedad ni plantea ningún problema nuevo ya que lo que estamos analizando ahora siguen siendo oraciones simples.



La oración compleja.-

Se distingue este tipo de oraciones del anterior en el tipo de relaciones que se establece entre las formas verbales presentes en ellas: mientras que en las compuestas las relaciones son de coordinación, en las oraciones complejas las relaciones son de subordinación. De este modo, en las oraciones complejas podemos identificar un único verbo principal en torno al cual se construye la oración. Los demás verbos que puedan aparecer estarán subordinados al verbo principal o a otros elementos de la oración, constituyendo lo que se llama una oración subordinada. De acuerdo con la función sintáctica que realice o, más exactamente, de acuerdo con el elemento por el que pueda ser sustituida, la oración subordinada será sustantiva, adjetiva o adverbial.


La oración subordinada sustantiva: identificaremos como tales aquellas oraciones subordinadas que realicen una función propia del sintagma nominal, como sujeto, complemento directo, complemento indirecto, etc. Los elementos encargados de subordinar al verbo y permitirle realizar estas funciones sintácticas son los siguientes:
- La conjunción subordinante que: “Me dije que no merecía la pena la discusión”; la subordinada sustantiva realiza aquí la función de CD (“Me lo dije”). “Les gusta que esperemos aquí”; en este caso la subordinada lleva a cabo la función de SUJ (“Eso les gusta”).
- El relativo quien, quienes y sus equivalentes “artículo + pronombre relativo que” [el que, la que, lo que, los que, las que]: “Siempre preguntaba quien no lo necesitaba” [“Siempre preguntaba el que no lo necesitaba”]; en ambos casos la subordinada desempeña la función de SUJ (“Siempre preguntaba él/ella”). “Hicimos presidente a quien menos lo merecía” [“Hicimos presidente al que menos lo merecía10]; la función realizada en estos ejemplos es la de CD (“Lo hicimos presidente”).
- El si no condicional: “Todavía no sabemos si participaremos en ese torneo”; la subordinada sustantiva funciona aquí como CD (“Todavía no lo sabemos”). Hemos de fijarnos en el hecho de que este “si” no expresa condición alguna, de ahí su nombre.
- Los relativos tónicos [quién, dónde, cuánto, cómo, cuándo, qué]: veamos los siguientes ejemplos en los que todas las subordinadas realizan la función de CD: “Juan preguntó quién era” (“Juan lo preguntó”); “Nunca supe dónde vivía” (“Nunca lo supe”); “No le digas cuánto ganaste” (“No se lo digas”); “Supo demasiado tarde cómo habían conseguido la victoria” (“Lo supo demasiado tarde”); “Ignoro cuándo se casaron” (“Lo ignoro”); “Por fin averigüé qué deseaban” (“Por fin lo averigüé”).
Si aceptamos que todos los ejemplos que hemos propuesto equivalen a un sustantivo o a un pronombre, hemos de aceptar también que estas mismas subordinadas pueden verse afectadas por los mismos elementos que actúan sobre aquéllos, fundamentalmente las preposiciones. De este modo si es habitual encontrarnos con una oración simple como ésta: “El perro de ese muchacho está enfermo”, podemos pensar en una oración compleja como la siguiente: “El perro de quien tú sabes está enfermo”. Es decir, que allí donde comparezca un sustantivo o un pronombre podemos encontrar una subordinada sustantiva.


La oración subordinada adjetiva: este tipo de oraciones se define por su equivalencia con el adjetivo o, lo que es lo mismo, por realizar funciones sintácticas propias del sintagma adjetivo y, más exactamente, la función de AN. Siempre encontraremos un relativo (pronombre, adjetivo o adverbio) como responsable de la subordinación.
- El pronombre relativo que es el más habitual. Se considera pronombre a este elemento porque realiza una función sustantiva respecto al verbo que subordina. Así, en “Ese primo que vino contigo parece inteligente”, el “que” permite a “vino contigo” funcionar como AN de “Ese primo”, pero, además, es el sujeto de “vino”. Esto es así porque se considera que “que” realiza la misma función sintáctica que llevaría a cabo su antecedente11 respecto al verbo subordinado. En este caso el antecedente de “que” sería “Ese primo”, de modo que si en lugar de “que” apareciese “Ese primo” (“Ese primo vino contigo”), realizaría la función de SUJ, de lo cual deducimos que esa misma función es la de “que”.
- El adjetivo relativo cuyo: éste elemento ha sido relegado a la lengua escrita y es bastante extraño su uso en la lengua oral. Nos referimos a él como adjetivo por ser de este carácter la función sintáctica que realiza dentro de la oración subordinada. Veamos un ejemplo: “Compró una novela cuyo autor es belga”. En este ejemplo, la subordinada adjetiva, “cuyo autor es belga”, funciona como AN de “novela”; dentro ya de la subordinada, “cuyo” realiza la función de AN de “autor”, con el cual concuerda en género y número.
- El adverbio relativo donde: los mismos motivos planteados para “que” y “cuyo” explican el que nos refiramos a “donde” como adverbio. Al igual que los dos anteriores se utiliza para subordinar adjetivamente a un verbo, pero en este caso “donde” realiza una función adverbial respecto al verbo por él subordinado. De este modo en “Compraría la casa donde nací”, “donde nací” funciona como AN de “la casa”, y “donde” realizaría la función de CC respecto a “nací”.


La oración subordinada adverbial: tradicionalmente se entiende por subordinada adverbial aquélla que realiza la función de CC. Sin embargo, si tenemos en cuenta los análisis hecho de oraciones simples recordaremos que no son pocos los casos en los que un sustantivo, un pronombre o un infinitivo realiza esta función, de lo cual hemos de concluir que no siempre que identifiquemos una subordinada funcionando como CC hemos de referirnos a ella como subordinada adverbial, puesto que es posible que se trate de una subordinada sustantiva. Veamos algunos ejemplos:
-A. “Todavía vivo donde me conociste”; “Todavía vivo allí”.
-B. “El negocio salió como yo suponía”; “El negocio salió así”.
-C. “Cambió de país cuando acabó la guerra”; “Cambió de país entonces”.
En estos tres casos encontramos oraciones subordinadas que realizan la función de CC, pero que además serían sustituibles por adverbios.
-D. “Aquí trabajamos para que viváis mejor”; “Aquí trabajamos para eso”.
-E. “Me voy porque ya no te aguanto”; “Me voy por eso”.
También en estos dos casos nos encontramos con subordinadas que realizan la función de CC, pero que no pueden ser sustituidos por adverbios, sino que son sustituidos por “preposición + pronombre”. Hemos de concluir que estamos ante subordinadas sustantivas.
Así, sólo en aquellos casos en que una subordinada podamos sustituirla por un adverbio nos referiremos a ella como subordinada adverbial.
También hemos de considerar como subordinadas adverbiales a aquéllas que realicen las funciones de AADJ o AADV, funciones sintácticas propias del SADV. Así, por ejemplo serán adverbiales las subordinadas señaladas con negrita en los siguientes ejemplos:
-F. “Se instaló cerca de donde vivo yo” [AADV].
-G. “Es tan fuerte como decía el periódico” [AADJ].
1 El asterisco (*) indica que la oración es incorrecta o inaceptable.
2 Se habla de elemento no marcado para referirse, dentro de una serie, a aquel elemento cuyo significado es más general y se usa en los casos donde desaparecen las diferencias entre los integrantes de la serie. Así, el género masculino es el no marcado en español, pues se usa en situaciones en las que es necesario referirse a un conjunto de elementos femeninos y masculinos, como cuando decimos “los romanos”, para referirnos a todos los ciudadanos de Roma, independientemente de su sexo, edad o condición.
3 Siempre hay que tener en cuenta que la lengua es una institución social usada por distintas personas y así es posible que encontremos casos de leísmo referidos a animales que para el hablante tienen calidad humana y se refiere a ellos como a iguales.
4 Si la preposición a nos indujese a confusión entre las funciones de complemento directo y complemento indirecto podremos recurrir a la sustitución por los pronombres de complemento directo la o las.
5 En realidad son pocos los sustantivos que pueden realizar la función de complemento circunstancial sin ir precedidos de una preposición, reduciéndose los casos a una serie de términos referidos a nociones temporales, como los nombres de los días de la semana y otros términos como “víspera”, etc.
6En esta oración son dos los complementos circunstanciales: “al kiosco” y “por los periódicos”.
7 Como en la oración B., dos son los complementos circunstanciales presentes en esta oración: “en la clase” y “diciendo tonterías”.
8Sería más coherente, y más rentable, entender el artículo como un morfema del sustantivo. De este modo se identificarían como tales combinaciones como “la casa”, “los libros”, “el bueno”, “lo mío”, “el mismo”, etc. Y se entendería que los llamados adjetivos determinativos realizan la función de adyacente nominal. Esto simplificaría la teoría y el análisis tanto morfológico como sintáctico.
9En español podemos identificar como conjunciones de coordinación las siguientes formas: y, e, ni, o, sino, pero, mas, aunque, pues, luego. Dispone la lengua, también, de un número no pequeño de locuciones conjuntivas como bien bien, ora ora, etc.
10Observemos que, en estos casos, el uso de “artículo + que” nos permite distinguir el género, cosa que no permite “quien”. Quizá a eso se deba el uso casi generalizado de esta combinación en detrimento de “quien”.
11Se llama antecedente al sustantivo o pronombre al que se refiere “que” y del que toma su significado, y que, a menudo, suele aparecer inmediatamente antes.